El Cabildo autoriza la apertura de cinco campos de entrenamiento y adiestramiento de perros de caza

Los campos de verano para el 2022 se aperturan del 19 de junio hasta el 31 de julio, mientras que la actividad en los campos de invierno se iniciará el 4 de diciembre

Los usuarios de los campos deben estar en posesión de la documentación de caza vigente

El Cabildo de La Gomera autoriza la apertura de cinco campos de entrenamiento y adiestramiento de perros en zona de caza controlada en la modalidad de verano e invierno. Un período que dio comienzo el pasado 19 de junio, y que terminará el próximo 31 de julio para los campos de verano, y que se iniciará el 4 de diciembre para los de invierno.

De esta forma, se disponen cinco campos de adiestramiento en la modalidad de verano, siendo estos el de Las Toscas y Vega del Conde – El Higueral, ambos en San Sebastián; el de Quise, en Alajeró; el de Hondura, en Vallehermoso; y el de El Moralito – La Caleta, en Hermigua; los martes, jueves, viernes, sábados y domingos, en jornada completa.

En la modalidad de invierno, los dos campos habilitados serán los de Las Toscas, en San Sebastián, y Hondura, en Vallehermoso, que se abrirán desde el 4 de diciembre y hasta la apertura de los de verano en 2023. Para su uso se han habilitado los martes, jueves, viernes, sábados y domingos, durante todo el día.

En el caso del campo de Erque – Erquito, este seguirá siendo recogido como un refugio de caza, por lo que no se habilita la actividad de entrenamiento y adiestramiento en esta zona.

Asimismo, se recuerda que el número de perros por cazador para llevar al campo de entrenamiento es de cuatro perros para perdiz, y seis perros para conejo, perro podenco u otras razas usadas para la caza.

En cuanto a las autorizaciones, los usuarios de los campos deben estar en posesión de la documentación de caza vigente – Licencia de Caza en vigor, Documento Nacional de Identidad o Pasaporte, seguro obligatorio vigente y correspondiente permiso para la Zona de Caza Controlada -. Además, los perros deberán estar correctamente identificados.

Durante la utilización de los campos de entrenamiento está prohibida la captura de especies de fauna, tanto cinegéticas como no cinegéticas. Del mismo modo, están restringidos los entrenamientos fuera de los campos indicados, ni en refugios de caza, vedados de caza y zonas de caza controlada. 

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