El Ayuntamiento capitalino informa sobre las incidencias en la red de abastecimiento de agua potable en Las Galanas

Se trata de la existencia y detección de distintas fugas en la tubería general que surte a este sector. Por tal motivo, se procede a los reiterados cortes para recuperar el depósito y garantizar el suministro

El Ayuntamiento de San Sebastián de La Gomera desde la Concejalía de Obras y Servicios, informa sobre las incidencias presentadas en la red de abastecimiento de agua potable en Las Galanas. Se trata de la existencia y detección de distintas fugas en la tubería general que surte al referido sector.

La Corporación local procede a efectuar en reiteradas ocasiones cortes de agua para recuperar el depósito, garantizar el suministro en dicha zona y localizar el origen del problema para solucionarlo de forma definitiva.

El concejal de Obras y Servicios, Alonso García Díaz, afirma que “desde hace dos semanas venimos trabajando continuamente, sin parar, para detectar las fugas, solucionar las averías, recuperar el depósito, garantizar el suministro y encontrar el origen de esta situación. Pedimos disculpas por las molestias ocasionadas y paciencia para afrontar juntos esta problemática”.

Asimismo, García hizo un especial agradecimiento al Cabildo Insular de La Gomera por la implicación y el apoyo, ya que colaboran con el restablecimiento del tanque de Las Galanas. También invita a la población a la instalación de un depósito de agua según la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas de Canarias, de manera que no les afecten los cortes puntuales que se producen por las averías ocasionadas en una red muy afectada por el paso del tiempo y la falta de mantenimiento.

La referida Ley, contenida en el capítulo IV, ‘Del almacenamiento del agua’, artículo 93, establece que -cita textual- : 1. El almacenamiento de aguas propias en estanques, balsas o depósitos de cualquier tipo es libre, con la obligación de informar a la Administración cuando lo solicite, sobre las características de la instalación y el destino de las aguas. 2. La instalación de depósitos de capacidad superior a 1.000 metros cúbicos, de más de cinco metros de altura y los destinados al servicio de terceros, requiere autorización administrativa.

Cabe destacar que el equipo de abastecimiento municipal se encuentra realizando las labores pertinentes para solventar las incidencias y restablecer el suministro habitual con la mayor brevedad posible.

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